El alquiler de embarcaciones de Nautic Fun Menorca (Nautic Center Menorca SL), (Arrendador) está sometido a las siguientes condiciones y términos legales:
1. Reserva y pago
La reserva de la embarcación quedará confirmada una vez el Cliente (Arrendatario) haya abonado el 50% del importe total del alquiler, no considerándose ningún barco comprometido en firme mientras no se efectúe dicho pago.
El resto del importe se abonará, a lo más tardar, el mismo día del alquiler. En caso de no efectuarse, la reserva se considerará anulada. Con el pago de la reserva el arrendatario acepta las condiciones generales de contratación.
2. Cambios en la reserva del alquiler
El Arrendatario podrá modificar la reserva de alquiler de la embarcación hasta 7 días antes de la fecha de salida, siempre y cuando en la nueva fecha seleccionada haya disponibilidad de una embarcación de similares características para realizar el cambio. La solicitud de cambio de la fecha de reserva sólo podrá hacerse por email, o de manera presencial, en las oficinas de Nautic Fun Menorca. Sólo se confirmará el cambio con la aceptación expresa por escrito del Arrendador.
3. Cancelaciones por causas personales
3.1. En el supuesto de que el arrendatario cancele el alquiler con 15 días de antelación o menos, éste perderá el importe total de la reserva.
4. Cancelaciones por mal tiempo
En el supuesto de condiciones meteorológicas adversas, se podrá cancelar o anular la reserva del alquiler de la embarcación, siempre y cuando se den simultáneamente dos de las siguientes condiciones:
Altura de las olas: altura de ola superior a 1 metro*.
Velocidad del viento: viento y ráfagas superiores a los 20 nudos*.
Precipitación: lluvia intensa durante más de 2 horas de la duración total del día de navegación*.
(*) La referencia para constatar las condiciones meteorológicas se obtendrá de la aplicación WINDFINDER (Mahón Boya).
Como consecuencia de lo mencionado, el Arrendatario se podrá acoger a una de estas dos opciones:
En caso de condiciones meteorológicas adversas, el Arrendatario podrá cambiar la fecha del alquiler, siempre y cuando en la nueva fecha seleccionada haya disponibilidad de una embarcación de similares características.
En caso de condiciones meteorológicas adversas, el Arrendador hará entrega de un bono al Arrendatario por la cantidad de dinero que ha pagado en concepto de reserva. El bono tendrá validez de 1 año.
Por último, solo se podrá cancelar una reserva de un día entero (Day charter). La reserva solo podrá ser cancelada en la oficina, el mismo día del embarque.
5. Imposibilidad de entrega de la embarcación por parte del Arrendador
Si por motivos de averías o por cualquier otra causa ajena a la voluntad del Arrendador, no fuera posible entregar la embarcación arrendada, el Arrendador hará entrega de una embarcación de iguales o similares características al Arrendatario.
En caso de no ser posible, y a elección del Arrendatario, se le entregará una embarcación de categoría inferior (con la consiguiente devolución de la diferencia proporcional del precio del alquiler) o se devolverá el importe íntegro pagado hasta ese momento por el Arrendamiento sin que quepa indemnización por daños y perjuicios.
6. Fianza
No está permitido que ninguna embarcación salga a navegar sin haber depositado la fianza, inclusive aquellas embarcaciones que salen a navegar con patrón contratado.
El día del embarque, el Arrendatario entregará al Arrendador la fianza que se indica en las Condiciones Particulares de Alquiler de cada embarcación con la que responderá de las cancelaciones, averías, roturas, desperfectos, robos, retrasos en la devolución de la embarcación, diferencias en el inventario y equipamiento, indemnizaciones, mal uso, negligencia y penalizaciones de cualquier índole pactadas en el presente contrato o que pudieran surgir como consecuencia del incumplimiento del mismo. Todo ello sin perjuicio de las acciones legales que fueran procedentes para reclamar aquellos importes que superasen el de la fianza.
Devuelta la embarcación en la fecha y hora pactada, realizado el check-out de conformidad y cumplidos por el Arrendatario todos los deberes surgidos como consecuencia de lo pactado en este contrato, la fianza será devuelta al Arrendatario en un plazo aproximado de 48 horas. En el supuesto de existir discrepancias entre las partes sobre las condiciones de devolución de la embarcación y bienes inventariados, la fianza se devolverá en el momento de finalización de la disputa surgida, si fuera el caso.
7. Inventario
Con anterioridad a la entrega de la embarcación, y dentro del horario de atención al público, ambas partes, de forma conjunta, procederán al check-in y correspondiente inventario. Una vez realizado, se suscribirá el correspondiente documento acreditativo y de conformidad. Si el Arrendatario se niega a firmar el check-in se aplicará el punto 3. Cancelaciones por causas personales.
La realización del check-in dentro del tiempo de duración del presente contrato no implica una ampliación del plazo por el mismo tiempo usado en la revisión conjunta del check-in.
8. Entregas, devoluciones y duración del alquiler
La embarcación se entregará en las instalaciones de Marina Menorca, en los muelles de Sa Colàrsega, en el puerto de Maó, a partir de las 10h. La embarcación se devolverá en el mismo punto, hasta las 19h del último día. Si el Arrendatario desea regresar más tarde de la hora establecida, puede hacerlo, acordándolo con el Arrendador y abonando el correspondiente suplemento, sin superar nunca las 21h.
Toda devolución que se efectúe después de la hora pactada y que no sea por causas ajenas a la voluntad del Arrendatario, será penalizada con un 25% del importe del alquiler del día por cada 30 minutos de retraso, que será descontado de la fianza.
La embarcación deberá devolverse con los depósitos de combustible llenos, en caso contrario, el Arrendador pasará a facturar la cantidad de combustible consumida, así como el cargo por el servicio de repostaje.
En el momento de la devolución se realizará el check-out entre las partes expidiendo al final de este el correspondiente documento acreditativo y de conformidad.
La embarcación deberá ser devuelta en idénticas condiciones de funcionamiento, equipamiento e inventario, a las de su entrega al inicio del alquiler. Si tras el check-out se constatara cualquier deterioro o rotura en el equipamiento y funcionamiento de la embarcación, o pérdidas de elementos del inventario y equipamiento, serán a cargo del arrendatario el importe de las reparaciones y reposiciones.
En lo relativo a alquileres de varios días, en caso de que el arrendatario no devolviera la embarcación en el tiempo y lugar convenidos, deberá abonar en concepto de daños y perjuicios al arrendador una cantidad consistente al doble del precio diario del arrendamiento, por cada día de retraso, excepción hecha al supuesto de que el retraso en la devolución se deba a la producción de un riesgo o peligro cubiertos en la póliza de seguros de la embarcación. En todo caso el Arrendatario se compromete a informar de ello y de forma inmediata al Arrendador para la constatación de las circunstancias y recuperación de la embarcación.
Transcurridas 24 horas desde la hora prevista de la devolución sin que esta se haya llevado a efecto, y sin tener noticias del arrendatario, tripulación o embarcación, el Arrendador iniciará la búsqueda de esta comunicándolo a las autoridades competentes que sean precisas. Todos los gastos que ello origine correrán a cargo del Arrendatario.
9. Titulación
Todas las embarcaciones de Nautic Fun Menorca requieren de licencia para la navegación. El alquiler de la embarcación puede realizarse con o sin patrón. En caso de que el arrendatario u otro tripulante disponga de la titulación requerida, deberá llevar en regla la documentación que lo acredite como apto para el manejo de la embarcación en cuestión.
Deberá presentarse documento de identidad y título de patrón de la persona que pilotará la embarcación. Si la documentación presentada no lo habilitara o no estuviera en regla para el gobierno de la embarcación, el contrato quedará resuelto automáticamente quedando las cantidades pagadas hasta la fecha en poder de la arrendadora en concepto de daños y perjuicios.
El Arrendador se reserva el derecho de no poner a disposición del arrendatario la embarcación en caso de que el patrón no pareciera disponer de la suficiente pericia o competencia técnica a pesar del título presentado, quedando las cantidades pagadas hasta la fecha en poder de la arrendadora en concepto de daños y perjuicios.
10. Zona de navegación
La zona de navegación será la estipulada en las condiciones particulares del contrato, siempre que el título del patrón presentado lo habiliten para ello. El incumplimiento de dicha obligación implicará la automática rescisión del contrato con la pérdida de las cantidades entregadas al efecto, así como la fianza, y todo ello con independencia del abono de los gastos y responsabilidades que de dicho mal uso pudieran derivarse. Algunas embarcaciones disponen de un dispositivo Boat Track que permite controlar los movimientos de la embarcación, así como algunas de sus funciones.
11. Condiciones de uso
El arrendatario responde de todos los actos de las personas indicadas en la lista de tripulantes de la embarcación o cualquier persona que se encuentre a bordo, ese número de personas no podrá sobrepasar en ningún caso la capacidad máxima de la embarcación, informada por el Arrendador, con independencia de lo indicado en la documentación oficial de la embarcación. Además, el arrendatario respetará las siguientes condiciones de uso de la embarcación:
Queda prohibido sobrepasar la velocidad máxima de 3 nudos, establecida por la Autoridad Portuaria, en el Puerto de Maó, o navegar a menos de 200 metros de la costa.
Hay que respetar las zonas de bañistas, fondeando siempre fuera de las boyas de las playas; y también respetar y alejarse de las boyas y embarcaciones con bandera de submarinistas.
Queda terminantemente prohibido la práctica de esquí acuático o arrastre de cualquier elemento flotante o equivalente.
Se prohíbe utilizar la embarcación para el transporte de mercancías, de viajeros distintos a los señalados en la lista de tripulantes, el embarque de armas, animales, estupefacientes o cualquier sustancia tóxica, peligrosa o prohibida por la ley.
El Arrendatario está obligado a usar la embarcación exclusivamente como chárter turístico o de recreo por lo que en ningún caso puede destinarla a operaciones de comercio, pesca, transporte, competiciones deportivas, y cualesquiera que sean otras incompatibilidades con la finalidad del alquiler.
Queda prohibido el remolque de otras embarcaciones salvo en casos de urgencia, así mismo sólo se dejará remolcar la embarcación alquilada en los mismos casos.
En caso de informes meteorológicos adversos sobre el tiempo o la mar, el arrendatario está obligado a no salir del puerto en que se encuentre o bien ir al puerto o fondeadero seguro más próximo a su posición. El arrendatario deberá conocer en todo momento los partes meteorológicos para llevar un plan de navegación que le permita conservar la integridad de la embarcación y de toda la tripulación sin riesgo.
Se prohíbe dejar la embarcación fondeada sin tripulante con experiencia a bordo y sin vigilancia.
Para pernoctar abordo solo se puede fondear en zonas habilitadas para ello, tales como campos de boyas o puertos deportivos.
Queda prohibido que el patrón a cargo del gobierno de la embarcación consuma bebidas alcohólicas o tome sustancias estupefacientes (en cualquiera de sus formas) antes o durante el manejo de la embarcación.
12. Subcontratación
Queda totalmente prohibido el subarriendo o cesión de la embarcación por parte del arrendatario.
13. Retenciones administrativas (captura y confiscación)
En caso de captura de la embarcación, el arrendatario abonará a la arrendadora una suma equivalente al doble del precio del alquiler diario por cada día que transcurra hasta que la restitución y entrega del barco tenga lugar, en concepto de indemnización por los daños y perjuicios ocasionados. En caso de confiscación, el cliente abonará el valor íntegro del barco en el plazo de ocho días. En ambos casos el arrendatario perderá, en beneficio de la arrendadora, las cantidades entregadas.
14. Combustible y otros gastos
El precio del alquiler no incluye el combustible. La embarcación se entregará con el tanque de combustible lleno y deberá devolverse en las mismas condiciones junto con el comprobante del repostaje. En caso de devolver la embarcación sin combustible, el Arrendador deberá asumir el coste del combustible más un suplemento de 80€ por el servicio.
Todos los gastos de avituallamiento, lubricantes, gas, hielo, amarres en puertos y marinas, y en general los gastos de material y mantenimiento del barco durante el arrendamiento, serán de exclusivo cargo del Arrendatario, no estando incluidos en el precio del alquiler.
15. Seguro del alquiler
La embarcación objeto del presente contrato se halla cubierta con la póliza de seguro correspondiente. El Arrendatario deberá tomar cuantas medidas sean precisas para actuar conforme a las obligaciones que en ella se contienen, siendo, en su caso, el único responsable de las consecuencias derivadas del incumplimiento de tales obligaciones.
El Arrendatario acepta expresamente que el seguro no cubre los accidentes producidos fuera del barco ni las pérdidas o daños que pudieran sufrir sus efectos personales o los de los demás tripulantes de la embarcación.
El Arrendatario se hace directamente responsable de cualquier daño, material o personal, que derive del incumplimiento por su parte de las obligaciones establecidas en las condiciones de uso de la embarcación y/o negligencia por su parte.
16. Cumplimiento de la legislación vigente
Además, el Arrendatario asume toda responsabilidad por multa, sanción, perjuicio o daño causado o derivado de la infracción de cualquier otra cláusula de este contrato y/o por cualquier infracción de la legislación local, nacional e internacional vigente y, en concreto, contra las leyes pesqueras, de pesca submarina, de búsqueda de restos arqueológicos o de la ley de costas cometida durante la vigencia del contrato, y sobre cualquier daño que pueda producir en guías, pantalanes u otros elementos de las instalaciones deportivas en las que amarre.
17. Averías de la embarcación durante el contrato
Si por motivo de avería producida durante el arrendamiento u otras causas no imputables al arrendatario, no fuera posible seguir en la embarcación arrendada, la arrendadora reembolsará el importe proporcional a los días en que no ha sido posible la utilización de la embarcación o bien facilitará una embarcación de características similares, si fuera posible, a elección del arrendatario. En ningún caso dará derecho a la ampliación del plazo del alquiler o compensación por daños o perjuicios alguna.
El Arrendatario no ordenará ninguna reparación sin antes haber indicado la avería a la arrendadora quien deberá otorgar su permiso. Los gastos de reparación serán a cuenta de la arrendadora.
Las averías consecuencia de la negligencia, ineptitud o deficiente uso de la embarcación por el Arrendatario, serán abonadas por este en su integridad, y el Arrendador dará por resuelto el presente contrato y se reservará el ejercicio de la reclamación de los daños y perjuicios que la avería pudiera generar. En tal caso no será de aplicación lo prevenido en el primer párrafo de la presente condición.
El Arrendador no se hace responsable de los desperfectos o daños causados por embarrancamientos, colisiones con bancos de arena o fondos bajos. El Arrendatario debe estudiar la zona de navegación con antelación y tomar todas las precauciones necesarias.
18. Accidentes
El Arrendatario se compromete a informar inmediatamente de cualquier siniestro a la arrendadora y a transmitirle inmediatamente cualquier notificación, carta o citación referente a dicho siniestro y a prestar completa colaboración al Arrendador y a la Compañía Aseguradora en la investigación y defensa de cualquier reclamación y proceso.
En el momento del accidente o siniestro tomará las siguientes medidas:
No reconocer o prejuzgar la responsabilidad del hecho, salvo la “Declaración Amistosa de Accidentes”.
Obtener datos completos de la parte contraria, realizar la “Declaración Amistosa de Accidentes” o el “Parte de Siniestro”, testigos, que junto con los detalles del accidente remitirá urgentemente a la arrendadora avisando telefónicamente en caso de accidente grave.
Notificar inmediatamente a las autoridades si existe culpabilidad de la parte contraria.
No abandonar la embarcación sin tomar las adecuadas medidas para protegerla y salvaguardarla.
En caso de incumplimiento por parte del arrendatario de cualquiera de estas medidas, si son de aplicación, la arrendadora podrá reclamar al arrendatario daños y perjuicios ocasionados por negligencia.
19. Robo
En caso de robo de la embarcación, el Arrendatario está obligado a comunicar de inmediato a la arrendadora este hecho y a presentar la correspondiente denuncia del hecho ante la autoridad competente, entregando la misma a la arrendadora.
20. Reclamaciones
Cualquier reclamación que desee formular el Arrendatario deberá hacerse por escrito en el momento de la devolución de la embarcación, a la finalización del contrato.
Queda expresamente convenido que la empresa no asume responsabilidad alguna por pérdidas o daños en cualquiera de los bienes dejados, guardados o que el Arrendatario u otra persona olvide, guarde o transporte en la embarcación, sea durante o después de finalizar el alquiler. El arrendatario asume el riesgo de tales pérdidas y exime a la empresa de toda reclamación por los mismos.
21. Condición suspensiva
La vigencia del presente contrato queda supeditada, como condición suspensiva, al pago, por parte del Arrendatario, del importe de la reserva estipulado en la condición general 1. Reserva y pago, no siendo por tanto efectivas las reservas hasta el pago indicado.
22. Protección de datos
Los datos personales que figuran en el presente contrato están protegidos conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal. Estos datos solo podrán ser tratados y cedidos a efectos de empresas encargadas de gestión de cobro, y para la realización de campañas publicitarias del Arrendador y cualquier otra empresa de Sasga Group (Sasga Estribor SL o cualquiera de sus empresas participadas).
23. Fuero
Para la solución de cualquier controversia como consecuencia del presente contrato las partes se someten a las Autoridades Administrativas y Juzgados de Mahón rigiéndose la relación entre ellas por la Legislación Española.